Fuente: GANVAM
Aunque en Circular específica analizamos el alcance de la publicación en el BOE del Real Decreto 711/2006, por el que se obliga a los propietarios de Ciclomotores a pasar la ITV, anticipamos que se
concede un plazo hasta el 22/03/2007 para que pasen la ITV los vehículos con placa 0, y a partir de ahí por meses las placas sucesivas. Pero además, se faculta a las CC.AA. a determinar la fecha de entrada en vigor de dicha obligación, con un límite de 3 años.






