Bruselas acaba de hacer pública la revisión intermedia del Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente, basándose en la Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de abril de 2008, sobre la revisión intermedia del Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente.
- El sistema de comercio de derechos de emisión de la UE hasta no ha dado lugar a una reducción de las emisiones de CO 2
- Reforma de la fiscalidad ecológica que incluya una transferencia gradual de la carga fiscal de los impuestos con efectos negativos en términos de bienestar
- Desarrollo en la utilización de tecnologías sostenibles y eficientes a través de todos los mecanismos disponibles;
- Recomienda que se añada una cláusula de sostenibilidad al OMC, en la que se expongan los principios de la política medioambiental basados en «quien contamina, paga»,
- Que utilicen las negociaciones comerciales bilaterales y regionales para abordar los compromisos comerciales que aportan beneficios medioambientales directos.
En base a ello, la Comisión estima que el sistema de comercio de derechos de emisión de la UE hasta no ha dado lugar a una reducción de las emisiones de CO 2 debido a las asignaciones en exceso generosas de derechos de emisión; señala que la UE se ha comprometido a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en relación con los niveles de 1990 en un 20 % como mínimo para 2020; insiste en que el sistema de comercio de derechos de emisión en el período posterior a 2012 debe incluir un límite máximo lo suficientemente estricto, la subasta total y un límite cuantitativo y cualitativo del uso de reducciones
certificadas de emisiones (RCE) y unidades de reducción de emisiones (URE);En el artículo 25 señala que el papel desempeñado por la fiscalidad ecológica sigue siendo modesto y no tiende a aumentar; por lo que pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan mayores esfuerzos en favor de una reforma de la fiscalidad ecológica que incluya una transferencia gradual de la carga fiscal de los impuestos con efectos negativos en términos de bienestar (por ejemplo, el impuesto sobre el trabajo) hacia impuestos que tengan un efecto positivo en dichos términos (por ejemplo, los impuestos sobre actividades perjudiciales para el medio ambiente, como el uso de los recursos o la contaminación); señala que, pese al equisito de la unanimidad en el ámbito de la fiscalidad, los tratados ofrecen la posibilidad de la cooperación reforzada y llama la atención sobre la existencia del método abierto de cooperación;
Señala que debe promoverse la «diplomacia climática» mediante una mayor intensidad y coherencia de las relaciones comerciales de la UE con aquellos países que no tienen ninguna vinculación con acuerdos multilaterales de protección del medio ambiente, como los Estados Unidos, China y la India, que, por diversas razones, no aplican el Protocolo de Kyoto; pide asimismo a la Comisión que ayude a los países en desarrollo en la utilización de tecnologías sostenibles y eficientes a través de todos los mecanismos disponibles;
Recomienda que se añada una cláusula de sostenibilidad al OMC, en la que se expongan los principios de la política medioambiental, como el principio de precaución y el principio de que «quien contamina, paga», que sirvan de referencia para evaluar las medidas comerciales, con objeto de garantizar que las normas comerciales no socaven la protección del medio ambiente y que la normativa medioambiental no se utilice con fines proteccionistas;
Pide al Consejo y a la Comisión que utilicen las negociaciones comerciales bilaterales y regionales para abordar los compromisos comerciales que aportan beneficios medioambientales directos; considera que, la UE, junto con los Estados miembros, necesita ntensificar el diálogo con las economías emergentes con el fin de que, en ámbitos de interés mutuo, como el cambio climático, la gestión de residuos y la tala ilegal, dicho diálogo dé paso a la aplicación de programas conjuntos; apoya la propuesta de la Comisión de organizar de un foro sobre desarrollo sostenible abierto a la participación de la sociedad civil, con un fuerte componente climático, en cada acuerdo comercial y pide que se lleve a cabo ya en las negociaciones actuales;
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan una explotación más pragmática y horizontal de la innovación y de las nuevas tecnologías en todas las políticas de la UE relacionadas con este tema, con el fin de que esos elementos desempeñen un papel central en el refuerzo de la conservación del medio ambiente; subraya la necesidad de introducir en la UE sin demora el enfoque de implantación de las mejores tecnologías (top-runner), un instrumento de mejora continua más ambicioso para los modelos de
producción y de consumo, para garantizar que, en el futuro, todos los productos del mercado comunitario se conciban, se fabriquen y se utilicen de acuerdo con criterios de sostenibilidad;
Recuerda que la inversión en tecnologías innovadoras y respetuosas con el medio ambiente, el diseño ecológico, la eficiencia en el uso final de la energía y la eficiencia energética de los edificios resulta muy beneficiosa a largo plazo, a pesar de posibles costes elevados a corto plazo, y destaca la necesidad de que las regiones animen a las empresas a beneficiarse plenamente de esas inversiones;
Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que adopten normas en materia de contratación pública que tengan verdaderamente en cuenta el medio ambiente, con el fin de fomentar la innovación y modelos sostenibles de consumo y producción;
Pide a la Comisión que ayude a las autoridades nacionales y locales a participar en proyectos comunes de contratación pública previendo un entorno claro que facilite la definición de objetivos y criterios de calidad mensurables;
Pide a la Comisión que intensifique sus esfuerzos para alcanzar el objetivo del 20 % para las fuentes de energía renovables y del 10 % para el consumo de biocarburantes, teniendo en cuenta que los cultivos energéticos no deben poner en peligro el abastecimiento alimentario en Europa y fuera de ella; señala que el mecanismo de sostenibilidad actualmente en fase de elaboración debe respetar los criterios más estrictos de sostenibilidad en cuanto a los biocarburantes;
Anima a los Estados miembros y a sus autoridades regionales y locales a aprovechar de manera óptima las nuevas oportunidades de inversión que ofrecen los Fondos Estructurales y los programas europeos de la nueva política de vecindad y a velar por que sus programas operativos y los proyectos apoyados por los Fondos Estructurales contribuyan a una mejor aplicación de la legislación comunitaria en materia de medio ambiente y al objetivo a largo plazo de desarrollo sostenible a escala de la UE de manera coherente con las otras prioridades temáticas;
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Fuente: UE






